En esta sección recogemos
y resolvemos las 10 preguntas más frecuentes
respecto a la Administración de Fincas. Para
otras consultas no dude en contactar
con nosotros, le atenderemos gustosamente.
1º) ¿Y entonces qué es lo
que cubre el seguro de la finca?
El seguro
obligatorio de la finca cubre la responsabilidad
civil, actos vandálicos e incendios, y el
mas recomendable es el seguro "multiriesgo"
que además cubre los daños provocados
por fugas de agua siempre que estén localizadas
éstas, en tuberías generales ascendentes
o bajantes comunitarias. La reparación consiste
en descubrir, reparar y tapar. Si la avería
se localizase en las tuberías horizontales
que dan servicio a la vivienda, el seguro comunitario
no se hace cargo.
2º) ¡Pues en la casa de al lado que
es igual a la nuestra pagan menos de Comunidad!
¿Por qué?
No existen dos Comunidades
iguales, a pesar que los edificios sean idénticos,
aunque se gestionaran exactamente igual, incluso
con las mismas contrataciones y obligaciones de
pago, pueden tener mayor o menor gasto dependiendo
de otros factores como los gastos por consumos de
luz y agua por ejemplo, que no tienen por que ser
semejantes.
3º) ¿Cuáles son las funciones
del Conserje y/o Portero?
En primer lugar distinguiremos
a Portero (empleado que dispone de casa-habitación
en la finca) y Conserje (empleado que no dispone
de casa-habitación en la finca).
Las funciones básicas que determina el Convenio
Laboral de Empleados de Fincas Urbanas son dos limpieza
y vigilancia; no obstante se recomienda establecer
de mutuo acuerdo unas Normas y cometidos de trabajo
y un horario laboral.
4º) ¿Si tenemos saldo disponible
en la cuenta corriente de la Comunidad, por qué
no se utiliza íntegro para las próximas
obras?
Normalmente el saldo disponible
en cuenta corriente, deberá ser un superávit
solamente al final del ejercicio, mientras que durante
el periodo es y será útil para afrontar
las obligaciones de pago ya contraídas con
anterioridad en base al presupuesto aceptado en
Junta de Propietarios. La recomendación es
no mezclar, los gastos extraordinarios podrán
recuperarse por derrama extraordinaria, en base
a unas cuotas sucesivas en función de la
forma de pago, con ello evitaremos desvíos
y errores de cálculo.
5º) ¿Por qué no pagamos todos
los vecinos a partes iguales?
En el Título Constitutivo
de la Escritura de División Horizontal se
fija la cuota de participación que corresponde
a cada piso o local, y se tomará como base
la superficie útil de cada vivienda y en
relación con el total del inmueble, cualquier
cambio y acuerdo de Comunidad posterior deberá
ser siempre por la unanimidad, circunstancia normalmente
poco probable, pues la vivienda de menor tamaño
saldría perjudicada.
6º) ¿Por qué la Comunidad
tiene que abonar los gastos de devolución
de banco, cuando es un vecino el que lo devuelve?
Al final lo abona quien lo
devuelve. El procedimiento es el siguiente: la Comunidad
factura el cobro de los recibos correspondientes
al mes corriente, en el concepto "provisión
de fondos" y con cargo en los cinco primeros
días del mes, para todos los propietarios
que previamente hayan facilitado domiciliación
bancaría; En caso de producirse la devolución
del cargo emitido por la Comunidad por parte de
algún propietario, este gasto se genera en
primer término contra la cuenta corriente
de la Comunidad, posteriormente, y una vez conocido,
se imputa el gasto integro al recibo devuelto, finalmente
una vez realizado el cobro, queda ingresado en la
cuenta corriente de la Comunidad.
7º) ¡Mi vecino aparca dos vehículos
en la misma plaza! ¿Es legal?
En cada plaza de garaje la
Normativa dice que, solo debe de permanecer un único
vehículo, si bien en la practica sucede que
mientras no perjudique e incomode al vecino colindante
no pasa a mayores y se consiente. El problema radica
en caso de incendio, en cuyo caso pudiera ser un
motivo perjudicial para la Comunidad de producirse
un siniestro, según las Compañías
de Seguros.
8º) ¿Si me tienen que romper el baño
de mi casa por una avería comunitaria, por
qué no me instalan los azulejos iguales,
me dejan el baño como estaba, o me lo dejan
nuevo?
La póliza Multiriesgo
de la Comunidad aunque tenga cubiertos los riesgos
estéticos, solo cubre los daños comunitarios
nunca los privativos, es por ello que en caso de
avería, rompen para descubrir la tubería
y tapan con la cerámica mas parecida que
encuentran en el mercado, así lo establece
la póliza, si la cerámica no es muy
común se genera un problema, por que todos
sabemos que los fabricantes de cerámicas
van cambiando el diseño, el tamaño,
los colores etc. La recomendación es guardar
siempre alguna caja de cerámica cuando se
realicen obras en la vivienda y en el caso de que
la vivienda sea nueva, normalmente las constructoras
dejan cajas de cerámica de repuesto en algún
cuarto comunitario.
9º) ¿Para que sirve el TDT, cuando
y como se instala?
Hasta ahora la recepción
de la señal ha venido siendo analógica,
y con el avance de las nuevas tecnologías
y a partir del 2009, la emisión de señal
desde las plataformas pasará a ser digital
terrestre (TDT). Para que el próximo año
reciba la señal correctamente, se deberán
hacer dos cosas, primero la Comunidad deberá
instalar nuevos amplificadores de señal digital
y segundo el propietario deberá comprar e
instalar un receptor individual (TDT) en su vivienda,
disponibles en tiendas especializadas.
10º) ¿Se puede vender la vivienda-portería?
La vivienda portería en un elemento común,
y como tal pertenece a la Comunidad de Propietarios.
Solamente se podrá vender, si la unanimidad
de los propietarios así lo decidiera en Junta
de Propietarios, a partir de ese acuerdo, se procede
a desafectar como elemento común del inmueble,
y se establece para la vivienda un nuevo coeficiente
de participación, mediante trámites
en Notarias y Registro de la Propiedad; una vez
individualizado el bien, se puede proceder a la
venta de la vivienda.